Volumen 10, Número 150, enero 15 de 2010
 

Mitsui y Tokyo Gas compran a GN



Continúan los negocios entre transnacionales eléctricas que anticonstitucionalmente generan energía en México. Las transacciones incluyen a los permisos privados otorgados por la Comisión Reguladora de Energía.


Transnacionales japonesas compran a españolas

Gas Natural (GN) vendió a Mitsui & Co. y Tokyo Gas parte de sus activos de generación eléctrica que opera en México bajo el esquema de Productor Externo de Energía, informó la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el anterior 24 de diciembre de 2009 (en www.cfe.gob.mx).

Se trata de las centrales de ciclo combinado Río Bravo II, Río Bravo III, Río Bravo IV, Altamira II y Saltillo, con una capacidad conjunta de generación de 2,233 MW. Gas Natural mantiene su operación en el sector eléctrico mexicano con 1,570 MW de generación a través de las centrales Hermosillo, Naco Nogales y Tuxpan III y IV.

Se expresó que se mantienen inalterables las obligaciones y responsabilidades contractuales para el nuevo operador de las centrales.

Según la información de la CFE, la transnacional Gas Natural firmó un acuerdo con las empresas Mitsui & Co. y Tokyo Gas para la venta de parte de sus activos de generación eléctrica en México. Las centrales implicadas: Río Bravo II, Río Bravo III, Río Bravo IV, Altamira II y Saltillo, son operadas bajo la modalidad de “Productor Externo de Energía (PEE)”. Las centrales involucradas en la transacción eran operadas anteriormente por la transnacional Electricitè de France (EDF). Gas Natural seguirá teniendo presencia en el sector eléctrico mexicano con las centrales de generación de ciclo combinado: Hermosillo, Naco Nogales y Tuxpan III y IV, con una capacidad conjunta de generación de 1,570 MW, así como, con la entrada en operación de 500 MW adicionales (en construcción) en 2010.

La CFE informó que, de acuerdo con lo establecido en la legislación de México, este tipo de transacciones están contempladas en el contrato de operación de las centrales eléctricas que funcionan bajo la modalidad de PEE (sic), por lo que las obligaciones y responsabilidades contractuales permanecen inalterables para el nuevo operador de las mencionadas centrales. La transacción entre ambas empresas está pendiente de aprobación por las autoridades mexicanas (Comisión Reguladora de Energía, CRE). Se informó asimismo que la empresa Gas Natural dio aviso oportunamente sobre sus negociaciones con las empresas Mitsui & Co. y Tokyo Gas para realizar esta transacción. El valor empresarial total de la operación entre esas empresas asciende aproximadamente a 1,225 millones de dólares.

Los negocios incluyen a los permisos de la CRE

La operación entre las transnacionales japonesas y españolas incluyen a las siguientes centrales: Río Bravo II, Río Bravo III y Río Bravo IV que eran propiedad de Electricitè de France International (EDFI), así como, Altamira II de EDFI y Mitsubishi.

Los permisos fueron otorgados por la CRE en la modalidad de Productor Independiente de Energía (PIE). Estos proyectos los maneja la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como “Obra Pública Financiada” y les llama “Productor Externo de Energía”, figura jurídicamente inexistente.


PERMISIONARIO
MODALIDAD
FECHA DE OTORGAMIENTO
NUMERO DE PERMISO
CAP. AUTORIZADA (MW)
ENERGIA AUTORIZADA (GWh/AÑO)
CENTRAL ANAHUAC, S.A. DE C.V.
P.I.E.
16/12/98
E/128/PIE/98
568.600
3,700.00
CENTRAL SALTILLO, S.A. DE C.V.
P.I.E.
19/03/99
E/133/PIE/99
247.500
1,650.00
CENTRAL LOMAS DE REAL, S.A. DE C.V.
P.I.E.
16/08/01
E/198/PIE/2001
541.000
3,780.00
CENTRAL VALLE HERMOSO, S.A. DE C.V.
P.I.E.
22/04/02
E/208/PIE/2002
547.000
3,700.00
ELECTRICIDAD AGUILA DE ALTAMIRA, S. DE R.L. DE C.V.
P.I.E.
28/04/00
E/165/PIE/2000
565.300
3,631.53
TOTAL



2,469.4
16,461.23



Las centrales que mantiene en operación Gas Natural, corresponden a Hermosillo, Naco-Nogales y Tuxpan III, IV, así como Norte I (en construcción), mismas que eran propiedad de la transnacional española Unión Fenosa y, que fueron compradas anteriormente por GN incluyendo los permisos de la CRE.

PERMISIONARIO
MODALIDAD
FECHA DE OTORGAMIENTO
NUMERO DE PERMISO
CAP. AUTORIZADA (MW)
ENERGIA AUTORIZADA (GWh/AÑO)
FUERZA Y ENERGIA DE HERMOSILLO, S.A. DE C.V.
P.I.E.
23/11/98
E/124/PIE/98
252.700
1,800.00
FUERZA Y ENERGIA DE NACO-NOGALES, S.A. DE C.V.
P.I.E.
14/07/00
E/171/PIE/2000
339.300
1,920.00
FUERZA Y ENERGIA DE TUXPAN, S.A. DE C.V.
P.I.E.
15/12/00
E/181/PIE/2000
1,120.000
7,362.50
FUERZA Y ENERGIA DE NORTE DURANGO, S.A. DE C.V.
P.I.E.
17/05/07
E/625/PIE/2007
596.500
3,478.60
TOTAL



2,308.500
14,561.10


Acciones anticonstitucionales

Los negocios entre transnacionales eléctricas se realizan en un marco de anticonstitucionalidad porque la generación que realizan viola explícitamente lo dispuesto por el párrafo sexto del artículo 27 constitucional.

Los permisos otorgados por la CRE a los generadores privados tienen como base la inconstitucionalidad de las reformas de 1992 a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE).

Estas reformas fueron llevadas a cabo para adecuar la legislación eléctrica secundaria a lo dispuesto por el Anexo 602.3 del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Norteamérica que “modificó”, unilateralmente, a la propia Constitución política de México.

De acuerdo a esos ilegales permisos, la CRE autoriza a las transnacionales para hacer negocios que incluyan la “transferencia” de tales permisos.

Entre las cláusulas indicadas en los permisos de generación privada se dice:

DECIMA SEGUNDA. Transferencia del permiso. La permisionaria, previa autorización de la Comisión Reguladora de Energía y oyendo la opinión de la Comisión Federal de Electricidad, podrá transferir a terceros los derechos derivados del presente permiso de manera accesoria a la enajenación que se haga en favor de los mismos, de las instalaciones objeto del permiso ...”.

¿Qué condiciones se establecen por la CRE para esos negocios? Que “a) La permisionaria y quien pretenda adquirir dichos derechos soliciten la autorización conjuntamente y por escrito”. Es decir, basta un simple trámite administrativo, prácticamente un aviso, para que la CRE les autorice la transferencia de los permisos.

La transmisión puede ser total o parcial. Mediante esto simples mecanismos, las transnacionales hacen los negocios que quieren. Si, en algún momento, lo desearan podrían constituir monopolios privados de generación eléctrica.

¡Alto a la privatización eléctrica furtiva!

Los negocios entre transnacionales eléctricas son una consecuencia del acelerado proceso de privatización furtiva en el sector. El FTE reitera que tal proceso debe ser detenido y revertido mediante la re-nacionalización eléctrica. La CFE debe realizar las funciones constitucionales estratégicas en la materia mediante administración directa.

La privatización eléctrica furtiva tiene dos características: 1- la transferencia de las funciones constitucionales estratégicas a los generadores privados, 2- la propiedad privada de toda la nueva infraestructura de generación eléctrica.

Una de las consecuencias para la población son las persistentes elevaciones furtivas de las tarifas eléctricas, mismas que evolucionan paralelamente a la privatización. Los planes próximos proyectados por el gobierno neoliberal indican que habrá mayor privatización, por tanto, es previsible que sigan aumentando las tarifas eléctricas, principalmente las domésticas.

Impedir la elevación de las tarifas eléctricas implica impedir la privatización de la industria eléctrica nacionalizada.

En las recomendaciones confidenciales del Banco Mundial, entregadas a Zedillo en 1995, se propone privatizar el 100% de la generación eléctrica. Al momento, ya se privatizó casi el 50%. En la medida en que continúa el proceso, la tendencia es hacia la monopolización privada de la generación eléctrica.

Las transnacionales pretenden también apoderarse de las redes eléctricas nacionales. Al momento, utilizan las redes de transmisión para transportar la energía que generan en lugares remotos; lo mismo, hacen con las redes de distribución eléctrica para comercializar dicha energía.

El Sistema Eléctrico Nacional, interconectado en todo el país, es una conquista de los trabajadores y de la nación. A todos nos corresponde defender ese patrimonio colectivo, con base en el dominio de la nación sobre sus recursos naturales energéticos e infraestructura industrial, mediante una Política Eléctrica Independiente y con la integración del proceso de trabajo eléctrico a nivel nacional.


2012 elektron 10 (15) 1-4, 15 ene 2010.



Sistema Eléctrico Nacional



Central eléctrica de ciclo combinado “Hermosillo”



Central eléctrica de ciclo combinado “Río Bravo III”



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